27 de jul. 2012

Resumen de los recortes en la protección por desempleo RD 20/2012 de 13 de julio

Més motius per a sortir al carrer !!!
Amb aquestes mesures el govern pretén estalviar-se més de 13.000 milions d'euros en tres anys. I tot a costa de les persones amb situació de precarietat, cada cop abocant-nos més cap a l'exclusió social.
Cal una resposta al carrer.
Cal una resposta als lloscs de treball.
Cal una resposta de la societat.
A continuació fem relació de les mesures més abusives d'aquest real decret:
 Prestación por desempleo contributiva
  • ·         A partir del día 181 se cobrará el 50 % de la base reguladora (anteriormente el 60 %)

Subsidio por desempleo
  • ·         Se suprime el subsidio especial para mayores de 45 años
  • ·         El subsidio para mayores de 52 años pasa a requerir la edad de 55 años
  • ·         Se reduce en un 25 % la cotización para la jubilación en el subsidio para mayores de 55 años (anteriormente 52)
  • ·         La cuantía del subsidio en los supuestos de pérdida de un trabajo a tiempo parcial, se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas

Renta activa de inserción (RAI)
  • ·         Se modifican los criterios de acceso. Se exige haber agotado previamente una prestación o un subsidio por desempleo. Se exige la búsqueda activa de empleo, no rechazar oferta de trabajo o curso de formación.

Prepara (conocida como ayuda de 400 €)
  • ·         A partir del 15 de agosto de este año no se prorroga dicha ayuda (con posterioridad al RD)
Con fecha 19 de julio se recogió en varios medios este recorte, a fecha 3 de agosto en rueda de prensa  Rajoy dice que el tema no está decidido ¿...?
Con fecha 14 de agosto Rajoy comunica que la ayuda será prorrogada en el consejo de ministros del próximo día 24. Eso sí, anuncia modificaciones en la misma.
Motivos de suspensión de las prestaciones, obligaciones y notificaciones.
  • ·         Nuevas causa de suspensión cautelar: No presentación de documentación requerida. Por indicios de fraude (¿?)
  • ·         El beneficiario deberá acreditar ante el SEPE (antiguo INEM) y los Servicios Autonómicos que han efectuado actuaciones de búsqueda activa de empleo (¿?)
  • ·         Las citaciones i notificaciones por medios electrónicos se considerarán válidas